La actual legislación iraní se atiene a las directrices marcadas por la ley islámica: está absolutamente prohibido aplicar tasas de interés a cualquier tipo de depósito o préstamo: “Interest-free banking system”. Esta es la definición que el nuevo director del banco central iraní, Tahmasb Mazaheri, dio a los micrófonos de la BBC. Durante su entrevista, Mazaheri afirmó que “… basándose en la ley de la sharia, está prohibido obtener beneficios derivados de las tasas de interés. El beneficio debe proceder de transacciones económicas como comercio de bienes y servicios, inversiones directas en una actividad comercial o del arrendamiento de un inmueble”. A día de hoy, la ley teóricamente se cumple, aunque la realidad es algo más complicada.
Por Marco Di Donato
El modelo iraní
Los mayores bancos iraníes ofrecen tres modelos para la concesión de préstamos. Utilizando la fórmula del Bank-e-Sepah, uno de los mayores grupos bancarios del país, intentaremos explicar de manera global este fenómeno.
Garzol-hasane: este contrato permite hacer frente a los gastos concernientes al matrimonio, adquisición o remodelación de una casa, educación y prestaciones médicas. La cuenta corriente, que debe disponer de un fondo de garantía, es totalmente gratuita. La normativa que regula la concesión de los fondos, prevé que el banco preste una suma de dinero al solicitante, siempre bajo determinadas condiciones. Un primer vínculo es el que el beneficiario resida en las inmediaciones de la filial donde solicitó la concesión del servicio. En segundo lugar, la comisión vinculada a la concesión del crédito es del 4% anual, calculado en base al saldo de los fondos al inicio de cada año. Sin embargo, el período máximo para devolver el dinero es de tres años, con un pago mensual. La cantidad máxima para la concesión es de 3.000.000 riales (casi 220.000 euros) para cada uno de los contrayentes en caso de matrimonio, y de 2.000.000 (cerca de 150.000 euros) en los otros preceptos. Un retraso en el pago de las mensualidades conlleva un recargo de casi un 12%.
Mozarebe: esta segunda fórmula, el banco se compromete a financiar a los sujetos que pretendan utilizar los fondos recibidos para invertirlos en una actividad cuyos beneficios sean luego compartidos. El solicitante debe presentar una petición indicando sus datos, el tipo de actividad y su experiencia en el sector, la financiación necesaria para realizar el proyecto, los beneficios estimativos y su futura modalidad de repartición de beneficios. El futuro beneficiario, debe ofrecer garantías, por ejemplo demostrar suficientes capacidades técnicas y comprobada competencia en el ramo donde pretende invertir. Todo el dinero será concedido, por cláusula contractual, en dinero contante.
Jeale: destinado a fábricas, empresas y actividades de cualquier tipo. El jeale pretende fomentar el desarrollo a nivel comercial y productivo en general. El banco se compromete a conceder determinado importe a la otra parte, que debe proporcionar un servicio específico siguiendo los términos y condiciones del contrato. Aquellos candidatos que tengan en depósito una cifra de dinero cercana al 10% de la suma de dinero pedida, tendrán prioridad durante al menos tres meses. La devolución puede ser efectuada en más plazos, previa negociación con la entidad bancaria.
A estas tres formas más generalizadas, se añade la propuesta del Bank-e-Maskane, que ofrece facilidades para comprar, reestructurar o construir una casa. Si se quiere acceder a este servicio, es necesario depositar una cifra equivalente a los 2/5 del futuro préstamo. La restitución se efectuará mensualmente con una tasa de interés anual del 4%. Cuanto mayor sea el período de devolución, mayor será la tasa de interés.
La legislación para las IDE
Para las inversiones extranjeras, existe una nueva legislación reglada en el 2002, la Foreign Investment Promotion and Protection Act, FIPPA. Los beneficiarios de ésta son las personas jurídicas no iraníes y/o iraníes que hagan uso de capital extranjero. En ambos casos, es necesario poseer la “Investment License”, concedida por el Ministerio de Asuntos Económicos y Financieros.
Una primera opción proporcionada a los inversores extranjeros es la de incluir el préstamo en el proyecto presentado. En este caso, el reembolso está estrechamente ligado al rendimiento económico de la inversión, sin vincularse a una garantía por parte gubernativa o de cualquier sociedad de propiedad estatal. La otra posibilidad es la de pedir la financiación de manera separada a la que ofrece la FIPPA. En este caso, el préstamo sólo se concede tras presentar garantías a las autoridades competentes en la materia.
El órgano que dirige las inversiones extranjeras, y la eventual concesión de créditos, es la OIETAI (Organization for Investment Economic and Technical Assistance of Iran), en cuyo seno se encuentra la “General directorate for Loans and International Organization and Istitution”, oficina que se encarga de analizar los proyectos que pidan cualquier tipo de inversión. El ente negocia, en nombre del Gobierno, los términos contractuales con las partes prestatarias, sobre todo en lo concerniente a la validez de las garantías presentadas y el respeto a las fechas límite de los pagos.
Otra posibilidad para la empresa extranjera es la que ofrece el “Bank of Industry and Mine”, que intenta potenciar el crecimiento económico a través del desarrollo de industrias y minas. Los proyectos presentados que prevean una financiación para adquirir al menos el 50% de la maquinaria y herramientas, podrán beneficiarse de un descuento del 25% en las comisiones futuras. El banco puede llegar a proporcionar hasta el 75% del total del plan de trabajo para un período no superior a los 8 años: 3 años de financiación y los 5 restantes de mantenimiento de la deuda.
Las críticas avanzadas
Las reformas económicas promulgadas por el Gobierno no han surtido aún el efecto deseado. El crecimiento del PIB sufre una grave crisis desde el 2002, cuando tenía un valor cercano al 7,5%. En el 2006, bajó hasta el 4,3%. Pero el dato que más nos interesa para nuestro análisis es el crecimiento de la inflación. Si en el 2002, fue del 14,3%, el pasado año alcanzó casi el 16%. La constante pérdida de valor de la moneda local ha obligado a los iraníes a recurrir a préstamos, permitiendo la especulación. La demanda interna se vio también influenciada por la excesiva liquidez generada por el generoso sistema de subvenciones.
Paradójicamente, en el 2005, el actual presidente Ahmadinejad criticó duramente al sistema bancario iraní, al que calificó como “ineficaz y corrupto”. Algunos expertos han aumentado esa crítica negativa. Los bancos, siguiendo al pie de la letra el precepto coránico, obtienen beneficios de los ahorros de la población, que no le genera ganancias. Como consecuencia de ello, el sistema bancario se subvenciona con el ahorro público, mientras que el poder de adquisición de la población va disminuyendo anualmente. A la hora de conceder los préstamos, los bancos piden (basándose en la legislación islámica) una compensación por la erogación física y técnica del dinero, fijando las tasas de interés ya explicadas anteriormente. Por tanto, el sistema bancario iraní está libre del pecado islámico de riba (literalmente, interés), aunque se debe pagar por el servicio prestado.
Conclusiones
Poca eficacia, falta de competitividad, poca oferta de productos y servicios. Estas son las críticas más frecuentes vertidas sobre los bancos en Irán. En agosto de 2007, el presidente Ahmadinejad ordenó a su Vicepresidente la creación de una comisión gubernamental que estudiara cómo cambiar el sistema bancario del país. Los objetivos declarados son una distribución igualitaria de los préstamos y bolsas de estudio, la promoción de los intereses nacionales a través, sobre todo, de la financiación de proyectos de desarrollo. Sin embargo, falta (al menos en apariencia) la voluntad de proporcionar la entrada de entes privadas en los bancos. El actual monopolio estatal no genera competitividad, en claro detrimento de la población que lo sufre.
Traducción de Diana Quintero Rodríguez
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